Domingo, 15 de Febrero de 2026
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POLITICAEl registro del Sur de Gran Canaria gana el pulso por la inscripción de una sentencia del TSJC

El registro del Sur de Gran Canaria gana el pulso por la inscripción de una sentencia del TSJC

Gara Hernández - M24h Domingo, 15 de Febrero de 2026

La controversia se originó cuando MRAV acudió al Registro de la Propiedad número 1 de San Bartolomé de Tirajana con una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) bajo el brazo. Su intención era clara: lograr un asiento de presentación que garantizara la prioridad de sus derechos sobre varias fincas del municipio. Sin embargo, la registradora titular, Aitana Hernández García, denegó de plano la entrada del documento al Libro Diario el pasado 25 de septiembre de 2025. Los motivos esgrimidos fueron contundentes: el documento no se consideró un "título inscribible" y, según la oficina, no identificaba adecuadamente las fincas afectadas.

Lejos de conformarse, la interesada interpuso un recurso "exprés" —una modalidad ágil introducida por la reciente Ley 11/2023— alegando que la negativa le causaba una grave indefensión. La recurrente denunció un "error fáctico" por parte de la registradora, señalando que la sentencia judicial sí mencionaba explícitamente cinco fincas registrales concretas (1143, 2094, 19239, 4074 y 1928). Para la ciudadana, el hecho de que el fallo judicial resolviera una disputa urbanística que involucraba al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana y a una junta de compensación era prueba suficiente de su trascendencia real y, por ende, de su derecho a obtener, al menos, el asiento de presentación.

Finalmente, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha puesto fin al debate en una resolución publicada este febrero de 2026. Aunque el organismo reconoce la importancia de no obstaculizar el acceso al Registro, ha terminado dando la razón a la registradora tirajanera. El argumento definitivo es que la sentencia del TSJC, a pesar de mencionar las fincas en su cuerpo, no contiene en su fallo ningún mandato directo o instrucción clara sobre qué debe inscribirse o modificarse en los libros. Al carecer de una orden judicial concreta dirigida al Registro, el documento se queda en "tierra de nadie", confirmando que, en el complejo urbanismo del sur grancanario, no basta con ganar un juicio; hay que obtener un título que el Registro pueda procesar.

 

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