El sector hotelero del sur de Gran Canaria ha logrado abrir una brecha jurídica de consecuencias imprevisibles. El Tribunal Supremo, según ha podido confirmar Maspalomas24H, ha admitido a trámite el recurso de casación de la entidad La Canaria Hotel Operation, del empresario nórdico Lars Wenaas, vinculada al complejo Radisson Blue Resort en Patalavaca (Mogán), para determinar si la crisis del COVID-19 puede considerarse legalmente como un supuesto de fuerza mayor que obligue a la administración a reducir o perdonar el canon por ocupar el dominio público marítimo-terrestre.
De fallar a favor de la empresa, se abriría la puerta a que multitud de concesionarios en el sur de Gran Canaria reclamen la devolución de los cánones abonados durante el Gran Encierro, lo que supondría un alivio financiero millonario para el sector turístico de Mogán y San Bartolomé de Tirajana.
El conflicto nace tras la negativa de la Demarcación de Costas de Canarias a conceder medidas económicas extraordinarias a la empresa, que solicitaba una exoneración total o una rebaja superior al 80% de sus cuotas durante los años 2020 y 2021. Hasta ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) se había alineado con la tesis estatal, argumentando que el Reglamento de Costas limita la "fuerza mayor" a eventos físicos o naturales como terremotos, maremotos o incendios, dejando fuera a las crisis epidemiológicas.
Sin embargo, el Alto Tribunal considera que existe un interés casacional objetivo, ya que no hay jurisprudencia específica que aclare si una pandemia habilita la modificación de una concesión costera. La relevancia del fallo será total para el litoral canario: si el Supremo da la razón al hotel de Mogán, se sentaría un precedente que permitiría a cientos de concesionarios de playas y hoteles reclamar la devolución de millones de euros pagados durante los meses de parálisis turística.
La decisión final queda ahora en manos de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. El debate jurídico se centrará en interpretar si la "causa excepcional" que menciona la Ley de Costas es lo suficientemente flexible como para amparar el cierre hotelero forzado por el virus, una interpretación que el Estado rechaza frontalmente pero que el Supremo ve necesario clarificar para todo el país.
La clave de la sentencia de instancia del TSJC, ahora recurrida, fue una interpretación restrictiva del Reglamento de Costas:
El artículo 162.2 del Reglamento limita la "fuerza mayor" a eventos físicos como la regresión de la costa, terremotos, maremotos, temporales o incendios. La justicia canaria consideró que la crisis sanitaria no encajaba en estos supuestos, ya que la norma se refiere a fenómenos "físicos o naturales que afecten al dominio público".
El Tribunal Supremo ha decidido intervenir porque no existe jurisprudencia previa sobre si una pandemia permite modificar una concesión de este tipo. Los magistrados ven necesario aclarar si el concepto de "fuerza mayor" recogido en la Ley de Costas es aplicable a una crisis epidemiológica global. El Alto Tribunal debe determinar si la COVID-19 es una "causa excepcional" que justifique alterar las condiciones económicas de los hoteles en la costa.














