Martes, 03 de Marzo de 2026
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GRAN CANARIAVarapalo judicial a Hiperdino: La Justicia antepone la conciliación frente al turno rotativo

Varapalo judicial a Hiperdino: La Justicia antepone la conciliación frente al turno rotativo

Gara Hernández - M24h Martes, 03 de Marzo de 2026

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha emitido una sentencia que marca un precedente significativo en el sector del retail en las islas. La Sala ha obligado a Dinosol Supermercados a conceder una adaptación de jornada a un empleado (que lleva en la empresa desde 2001) para el cuidado de su hijo menor y de su madre dependiente, imponiendo además una indemnización de 5.000 euros por daños morales.

El fallo no solo atiende a la literalidad del Estatuto de los Trabajadores, sino que introduce un elemento clave en la jurisprudencia laboral canaria: la aplicación de la perspectiva de género. La sentencia subraya que, aunque en este caso el demandante es un hombre, la conciliación es un derecho que debe protegerse para evitar que la carga de los cuidados recaiga sistémicamente sobre las mujeres, perpetuando las brechas salariales y profesionales.

El conflicto se originó en 2024, cuando el trabajador, vinculado a la cadena desde 2001, solicitó pasar de un sistema de descansos rotativos a uno fijo de sábados y domingos. La empresa se opuso inicialmente, manteniendo el cuadrante habitual de la tienda. Sin embargo, la Justicia ha validado las pruebas aportadas por el empleado: un hijo de cinco años y una madre encamada con múltiples patologías incapacitantes.

"El fallo refuerza el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, elevando la conciliación de una mera aspiración a un derecho ejecutable cuando existen necesidades familiares debidamente acreditadas", apuntan fuentes jurídicas consultadas. Este revés para Dinosol, líder de la distribución alimentaria en el archipiélago, lanza un mensaje claro al sector: la organización interna de los turnos no puede ser un obstáculo insalvable ante situaciones de dependencia severa. La indemnización por daño moral actúa, además, como un mecanismo disuasorio frente a la negativa sistemática de las empresas a negociar estas adaptaciones.

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