Martes, 10 de Marzo de 2026
Maspalomas24h
MASPALOMASRevés de la AEAT en Maspalomas: Justicia condiciona la fianza para suspender una sanción a Papaya Farms Club

Revés de la AEAT en Maspalomas: Justicia condiciona la fianza para suspender una sanción a Papaya Farms Club

GARA HERNÁNDEZ - M24H Martes, 10 de Marzo de 2026

Un Auto, el 140/2026, de la Audiencia Nacional representa un stop judicial técnico a la ejecución forzosa de una deuda tributaria que emana de la Responsabilidad Subsidiaria (Art. 43.1.a LGT). En términos financieros y procesales, el tribunal ha validado una estrategia de blindaje patrimonial cautelar para el administrador de Papaya Farms Club, empresa del sector inmobilirio radicada en El Tablero pero que hace años se disolvió, permitiéndole litigar sin descapitalizarse de forma inmediata, aunque bajo condiciones de colateralización muy estrictas.

El núcleo técnico del conflicto reside en la insuficiencia del sobrante hipotecario. El recurrente pretendía que una hipoteca unilateral sobre fincas tasadas en 494.394 euros cubriera tanto la liquidación principal como la sanción. Sin embargo, la Abogacía del Estado aplicó un análisis de solvencia riguroso: tras detraer los 361.719 euros ya comprometidos para la liquidación, el valor remanente de los inmuebles es de apenas 132.674 euros. Esta cifra es matemáticamente incapaz de cubrir los 148.194 euros que exige la ley para suspender una sanción, ya que la caución debe integrar obligatoriamente el principal de la multa, los intereses de demora devengados por la suspensión y los recargos de apremio potenciales.

Procesalmente, la Sala aplica la doctrina del periculum in mora (peligro por la mora procesal) de forma segmentada. Para la liquidación, acepta el automatismo de la suspensión al existir una garantía real ya inscrita a favor de la AEAT. Para la sanción de 105.617 euros, el tribunal deniega la suspensión "gratuita" y exige la prestación de una caución sustitutoria (aval bancario o seguro de caución) en un plazo de dos meses. Si el recurrente no aporta este nuevo flujo de garantía, la Agencia Tributaria podrá iniciar la vía de apremio sobre la sanción, independientemente de que el juicio principal siga vivo.

Esta resolución es un recordatorio de que en el derecho contencioso-administrativo de alta intensidad, la valoración pericial de los activos determina la viabilidad del recurso. El tribunal no entra a juzgar si la derivación de responsabilidad es justa —eso se verá en la sentencia de fondo—, sino si el Estado tiene garantizado el cobro en caso de ganar. Al no haber condena en costas en esta pieza separada, el coste de la medida cautelar para el administrador se limita estrictamente a las comisiones bancarias del aval que ahora debe formalizar para evitar el embargo.

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.