En una resolución que promete redefinir las reglas del juego para el boyante mercado del alquiler de corta duración en el sur de Gran Canaria, la Viceconsejería de Hacienda ha emitido una contestación vinculante que despeja cualquier ambigüedad: todo propietario de una vivienda vacacional es, a ojos de la ley, un empresario de pleno derecho. La consulta establece que la mera comercialización de un inmueble a través de plataformas digitales sujeta la actividad al Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), independientemente de que el dueño carezca de estructura corporativa o personal contratado.
Esta decisión administrativa impacta directamente en el corazón de la economía sumergida y semiprofesional de municipios como San Bartolomé de Tirajana y Mogán. Hasta ahora, muchos propietarios particulares operaban bajo la creencia de que, al no ofrecer servicios propios de la industria hotelera —como restauración o lavandería— y limitarse a la entrega de llaves y limpieza final, su actividad podía asimilarse a un arrendamiento de vivienda exento de impuestos indirectos. Hacienda ha cortado en seco esta interpretación, dictaminando que la "cesión temporal de uso de vivienda amueblada y equipada" comercializada en canales turísticos constituye una explotación económica sujeta y no exenta, invalidando el escudo del artículo 21 del texto refundido del REF.
El pronunciamiento del viceconsejero Gabriel Megías introduce, no obstante, un matiz técnico que se ha convertido en la tabla de salvación para los micro-anfitriones del sur: el Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional (REPEP). Según la resolución, aquellos propietarios cuyas operaciones totales no superen los 30.000 euros anuales quedarán automáticamente incluidos en este régimen, lo que les permite mantener la exención del IGIC a menos que renuncien voluntariamente al mismo. Es una distinción crucial que separa al pequeño ahorrador que alquila un apartamento en Playa del Inglés de los gestores de carteras de activos que ya operan a escala industrial.
Sin embargo, para el sector turístico tradicional y los grandes grupos hoteleros, esta consulta vinculante es una victoria moral en su lucha contra lo que denominan "intrusismo y competencia desleal". La resolución subraya que el uso de plataformas de reserva en línea y la finalidad lucrativa otorgan la condición de empresario "en todo caso", lo que obliga a miles de residentes a regularizar su situación censal. En un escenario donde el sur de Gran Canaria enfrenta una presión regulatoria creciente sobre la vivienda vacacional, este recordatorio de Hacienda funciona como un aviso preventivo: la era de gestionar un alquiler turístico como un simple arrendamiento doméstico ha terminado oficialmente.














