El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha oficializado las anualidades de la retribución por inversión (CIn) correspondientes a las centrales de generación de categoría A ubicadas en los territorios no peninsulares.La disposición ministerial inyecta estabilidad contable de forma directa a la central térmica de Barranco de Tirajana, sur de Gran Canaria.El desglose de la anualidad de la retribución por inversión (CIn) para el año 2026 en la central de Barranco de Tirajana asigna 2.681.159 euros al grupo Barranco de Tirajana 3 (Vapor 1) y 2.642.030 euros al Barranco de Tirajana 4 (Vapor 2), mientras que los componentes del Ciclo Combinado 1 reciben 3.506.122 euros en el caso de Barranco de Tirajana 5 (Gas 3), 3.523.691 euros para Barranco de Tirajana 6 (Gas 4) y 3.771.165 euros para Barranco de Tirajana 7 (Vapor 3); por su parte, el Ciclo Combinado 2 concentra las mayores partidas de la planta sureña con 4.148.969 euros destinados a Barranco de Tirajana 8 (Gas 5), 4.213.321 euros a Barranco de Tirajana 9 (Gas 6) y un máximo de 4.789.736 euros para el grupo Barranco de Tirajana 10 (Vapor 4).
Este complejo, considerado el auténtico pulmón energético de Gran Canaria y garante del suministro eléctrico de toda la planta alojativa, comercial y residencial de la franja turística meridional, ve reconocidos los flujos económicos que amortizan sus instalaciones críticas. La resolución fija los valores en un momento de especial sensibilidad para el archipiélago, condicionado por la necesidad de asegurar el respaldo de generación convencional mientras se tramitan los proyectos de almacenamiento masivo y penetración de energías renovables en el entorno insular.Fijación de rentabilidades y blindaje de los ciclos combinados de El Matorral.
El texto normativo publicado bajo la referencia BOE-A-2026-10652 articula los pagos basándose en el Real Decreto 738/2015, reconociendo una doble estructura retributiva que engloba tanto la amortización de los activos como la retribución financiera de las inversiones realizadas por los operadores.
La gran novedad sectorial radica en la fijación de la tasa de retribución financiera, la cual queda establecida en el 6,58% para todo el tercer periodo regulatorio, que comprende desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2031 con el objeto de proteger los sistemas aislados de las turbulencias de los mercados internacionales de capitales. El anexo de la resolución desglosa las partidas asignadas a cada uno de los grupos de generación operativos en la planta de Barranco de Tirajana, discriminando el fin de la vida útil regulatoria de las tecnologías más antiguas frente al rendimiento de las infraestructuras de ciclo combinado. Mientras que los grupos históricos de turbinas de gas 1 y 2, así como las unidades diésel de la central norteña de Jinámar, figuran ya con asignación cero al haber completado su ciclo de amortización oficial, las instalaciones de mayor eficiencia del sur concentran el grueso del flujo financiero ministerial para el año 2026.
El desglose económico evidencia la dependencia del sistema respecto a los dos ciclos combinados instalados en el litoral de San Bartolomé de Tirajana. El Ciclo Combinado 2, integrado por los grupos de gas 5 y 6 junto a la turbina de vapor 4, absorbe de manera conjunta más de 13,1 millones de euros en concepto de retribución por inversión para el presente ejercicio, erigiéndose en el activo con mayor respaldo financiero del sistema eléctrico de Gran Canaria.
La publicación de estos valores definitivos aporta certidumbre a la planificación económica del operador del sistema y de las compañías generadoras, que demandaban la actualización de los parámetros retributivos para afrontar las inversiones de mantenimiento técnico necesarias en El Matorral. La estabilidad del suministro en el sur de Gran Canaria resulta vital para sostener la actividad de una planta hotelera e industrial en constante proceso de modernización, la cual registra puntas de demanda vinculadas a la climatización y a los servicios de alta gama que definen al sector turístico premium de la isla.
La resolución firmada por el director general Manuel García Hernández agota la vía administrativa ordinaria, abriendo un plazo de un mes para la interposición de recursos de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía. No obstante, las fuentes del sector técnico consultadas descartan una litigiosidad significativa en esta partida, toda vez que los criterios de cálculo respetan los derechos consolidados recogidos en la Orden ITC/914/2006 para las plantas anteriores al cambio normativo de 2015. El flujo de capital garantizado para Barranco de Tirajana disipa los temores a corto plazo sobre el déficit de cobertura en el sur, blindando la operativa de la central que evita los ceros eléctricos en el principal motor económico de Gran Canaria.

















