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TURISMOEl TSJC ratifica el portazo judicial a Lopesan en Pájara, Fuerteventura

El TSJC ratifica el portazo judicial a Lopesan en Pájara, Fuerteventura

Gara Hernández - M24h Martes, 19 de Mayo de 2026

 

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha asestado un golpe estratégico a los intereses del Grupo Lopesan, la mayor corporación turística del archipiélago y principal operador de efectivo del sector privado del sur de Gran Canaria. Una resolución dictada el pasado 6 de mayo de 2026 confirma el auto judicial que desestima el incidente de ejecución promovido por Dehesa de Jandía, S.A., mercantil controlada por el Eustasio López, frente al Ayuntamiento de Pájara, Fuerteventura. El fallo pone fin a la última ofensiva legal del gigante hotelero grancanario por el control del suelo del sector SUP-3 de Morro Jable, imponiéndole además el pago de las costas procesales e impidiendo que el vacío urbanístico de la isla vecina se convierta en una vía de escape financiera para el holding.

El litigio dirimido por el TSJC y el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Las Palmas hunde sus raíces en la histórica Sentencia 43/2022, la cual había anulado un acta complementaria de ocupación del año 2020 al constatar que el consistorio majorero incluyó de forma irregular en una expropiación terrenos ajenos al plan sectorial. El cuartel general de Lopesan pretendía utilizar los flecos de esa sentencia para forzar una rectificación millonaria y excluir del proceso expropiatorio las parcelas catalogadas como suelo urbano en el ordenamiento de 1989. El alto tribunal ha respaldado el criterio del magistrado Ángel Teba García, determinando que la vía procesal de la ejecución de sentencia no es hábil para reescribir convenios ni para esquivar los actos administrativos consolidados.

El revés judicial del Grupo Lopesan en los tribunales de Las Palmas trasciende las fronteras de Fuerteventura y se lee en clave estrictamente financiera en los despachos de San Bartolomé de Tirajana y Mogán. El holding turístico ha fundamentado sus últimas grandes reclamaciones de suelo en la parálisis regulatoria que arrastran los municipios periféricos del archipiélago, donde la anulación de las revisiones de los Planes Generales de Ordenación obliga a mantener vigentes normativas desfasadas de finales de la década de los ochenta. 

La estrategia corporativa de Eustasio López consiste en impugnar los expedientes de expropiación forzosa reactivando derechos de aprovechamiento urbanístico extintos, un modus operandi que la constructora del sur de Gran Canaria pretendía consolidar como jurisprudencia favorable para sus macroproyectos alojativos en Meloneras y las dunas de Maspalomas.

La resolución del Juzgado número 5 detiene esta maniobra al advertir que los incidentes de ejecución de sentencia no permiten modificar sustancialmente los actos de la administración a conveniencia del promotor privado. El auto ratificado por el TSJC subraya que los recurrentes debieron instar la nulidad total del acta complementaria corregida alegando un presunto fraude de ley o intento de elusión por parte del ayuntamiento, en lugar de solicitar una rectificación selectiva que alterase la linde expropiada en su propio beneficio económico. Las costas procesales impuestas a Dehesa de Jandía suponen un severo aviso reputacional y financiero para la firma grancanaria, que ve cómo los tribunales limitan su capacidad para estirar los pleitos sobre el suelo rústico y urbano.

El freno judicial a las pretensiones de Lopesan inyecta certidumbre a las corporaciones locales de la provincia de Las Palmas, que temían una oleada de reclamaciones patrimoniales basadas en los defectos de forma de los planeamientos municipales. Los servicios jurídicos del holding grancanario, liderados en este expediente por la representación de la procuradora Elena Henríquez Guimerá, se topan con un muro formal que blinda los procesos de expropiación pública siempre que estos cumplan con el estricto mandato de los fallos originales. Las acciones de la constructora e inmobiliaria del sur de Gran Canaria quedan sujetas ahora a la vía ordinaria, un escenario que dilata los plazos de desarrollo y encarece la tenencia de sus activos de reserva turística.

El desenlace de esta pieza separada debilita la posición negociadora del grupo empresarial frente a las administraciones públicas en un momento de fuerte debate social sobre la moratoria turística y el control del territorio en el sur de Gran Canaria. El rechazo definitivo a la ofensiva de Dehesa de Jandía consolida la potestad de los ayuntamientos para ejecutar planes de ordenación sin la amenaza constante de rectificaciones retroactivas basadas en textos legales de 1989. El holding agota así uno de sus cartuchos judiciales más agresivos, asumiendo un coste económico directo y viendo limitada su influencia en el mapa de la ordenación del suelo en los principales enclaves turísticos de la provincia canaria.

 

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