El panorama normativo que regula el uso de los recursos naturales en el archipiélago ha quedado reconfigurado para el próximo ciclo. La Consejería de Transición Ecológica y Energía del Gobierno de Canarias ha lanzado limitaciones y épocas hábiles para la campaña de caza 2026-2027 y establece un marco de restricciones ambientales que impacta directamente en la geografía y los espacios protegidos del sur de Gran Canaria.
Los ecosistemas áridos y litorales del municipio de Tirajana han quedado bajo un régimen de protección estricta en la nueva planificación cinegética. El Ejecutivo regional ha ratificado la prohibición absoluta de ejercer la actividad enclaves turísticos y medioambientales de primer orden. Destacan en este blindaje territorial el Sitio de Interés Científico de Juncalillo del Sur y la Reserva Natural Especial de las Dunas de Maspalomas, dos reductos de alta sensibilidad ecológica donde la fauna silvestre queda excluida de cualquier aprovechamiento. Esta exclusión responde a la necesidad de preservar la biodiversidad en zonas de alta presión antropogénica vinculadas al motor turístico isleño.
La ordenación de la actividad en la isla de Gran Canaria marca el inicio de la temporada del conejo, con el auxilio de perro y hurón, a partir del 16 de agosto, prolongándose hasta el 8 de noviembre de 2026. El uso de armas de fuego y perros para la perdiz roja, la paloma bravía y los animales asilvestrados se retrasará hasta el 20 de septiembre, coincidiendo en su fecha de cierre con la veda general de noviembre. Las jornadas autorizadas para estas prácticas tradicionales se limitarán exclusivamente a los jueves y los domingos. Asimismo, el texto legal contempla vías alternativas como la cetrería y la caza con arco, que contarán con calendarios específicos de miércoles y sábados para la primera, y jueves y domingos para la segunda.
El control sobre el volumen de capturas se ha endurecido para garantizar el fomento sostenible de las poblaciones locales. Las directrices autonómicas estipulan un cupo diario máximo por cazador de tres conejos y tres perdices rojas, elevando el límite a nueve piezas de cada especie cuando la actividad se desarrolle bajo la modalidad de cuadrillas. Las cuadrillas deberán estar integradas por un mínimo de tres personas y un máximo de cinco, todas provistas de sus licencias en vigor. En contraste con estas limitaciones para las especies de pluma y pelo autóctonas, la paloma bravía y los animales asilvestrados no contarán con restricciones cuantitativas de capturas en el territorio insular.
La implementación de la ordenanza se apoya en la estructura organizativa de los cabildos insulares, corporaciones que retienen competencias en la gestión práctica de los terrenos e instrucción de las zonas de entrenamiento. La Consejería de Transición Ecológica y Energía ha introducido salvaguardas para responder a contingencias climatológicas en el sur de Gran Canaria, una zona propensa al estrés hídrico. En caso de declaraciones de alerta por riesgo de incendios forestales que fuercen la suspensión de jornadas hábiles, la normativa faculta al Cabildo de Gran Canaria a prorrogar la temporada hasta cuatro días adicionales de forma posterior al cierre oficial.
Los agentes de la autoridad y el personal acreditado por la administración insular incrementarán los controles en los accesos a los barrancos del sur para fiscalizar los medios empleados, el bienestar de los animales auxiliares como podencos o hurones, y exigir la colaboración de los colectivos en el seguimiento biológico y sanitario de las especies. La vigilancia se centrará en hacer cumplir las prohibiciones de la Directiva Aves y la Directiva Hábitats de la Unión Europea, proscribiendo el uso de fuentes luminosas artificiales, magnetófonos o armas semiautomáticas con cargadores de gran capacidad, blindando el patrimonio natural de la Comunidad Autónoma de Canarias.















