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GRAN CANARIAEl Supremo dicta cuatro años por abusos continuados a una menor en el Sur de Gran Canaria

El Supremo dicta cuatro años por abusos continuados a una menor en el Sur de Gran Canaria

Gara Hernández - M24h Martes, 30 de Junio de 2026

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia firme sobre uno de los episodios más complejos del mapa judicial del sur de Gran Canaria. La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por un hombre condenado a cuatro años de prisión por un delito continuado de abuso sexual a una menor de dieciséis años. El fallo pone fin a un laberinto procesal que arrancó en el Juzgado de Instrucción número 1 de San Bartolomé de Tirajana y cuya resolución final dependía de evaluar el peso de una retractación de la víctima en el último minuto.

La resolución, de la que ha sido ponente la magistrada Carmen Lamela Díaz, ratifica en todos sus extremos la condena impuesta originalmente por la Audiencia Provincial de Las Palmas y respaldada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Los magistrados de la alta corte han tenido que activar las herramientas forenses de la disciplina de garantía de la prueba para descifrar un caso donde las dinámicas familiares y el entorno social del municipio turístico terminaron pesando más en la balanza judicial que el propio testimonio de la afectada en la vista oral.

El origen de las actuaciones se remonta a un periodo comprendido entre enero de 2018 y julio de 2019 en una vivienda de la zona sur de la isla. El acusado aprovechaba sus visitas habituales de fin de semana al domicilio de una amiga —cuya relación con el procesado era estrecha— para someter a tocamientos a una de las hijas de esta en el sofá del salón, utilizando una manta para ocultar la actividad. Los abusos se repitieron también durante un viaje vacacional de la familia a la isla de Tenerife.

El principal argumento de la defensa para tumbar la condena se basaba en el giro radical que dio la menor durante el juicio oral. Al sentarse en el banquillo de los testigos, la víctima se retractó de todas sus declaraciones previas ante el juez de instrucción, la policía y las psicólogas forenses, asegurando que su padre la había amenazado con internarla en un centro de menores si no interponía la denuncia. Este escenario obligó a la Sección Sexta de la Audiencia de Las Palmas a aplicar un escrutinio profundo sobre los motivos de la rectificación.

El Tribunal Supremo desmonta la estrategia defensiva recordando que el cambio de postura de una víctima en el plenario no convierte sus testimonios previos en material inservible. La Sala Penal subraya que el tribunal de instancia actuó de forma impecable al contrastar las versiones y destapar las contradicciones de la menor, quien afirmó de forma inverosímil haber actuado por miedo a un padre con el que no mantenía relación alguna desde el día de la denuncia.

La clave para que el Supremo mantenga el castigo penal radica en los elementos de corroboración periférica que rodean al entorno de la vivienda. La hermana de la víctima testificó haber presenciado los movimientos extraños en el sofá bajo la manta y reveló un dato definitivo: la víspera del juicio recibió una llamada de la menor pidiéndole que mintiera en la sala porque su madre la estaba presionando para proteger al acusado. La propia madre, que resultó absuelta de los cargos de encubrimiento, admitió en el juicio que su hija le había contado los tocamientos mucho antes de que el padre tuviera constancia de los hechos, lo que liquidó la teoría de la coacción paterna y selló el destino carcelario del procesado.

 

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