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TURISMOAlta inspección fiscal en el sector hotelero: Destapan un presunto fraude en valoración de Mogán Resort, en la órbita de Princess Hotels

Alta inspección fiscal en el sector hotelero: Destapan un presunto fraude en valoración de Mogán Resort, en la órbita de Princess Hotels

Gara Hernández - M24h Jueves, 09 de Julio de 2026

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha asestado un severo golpe a la ingeniería fiscal utilizada en la compraventa de activos turísticos del sur de Gran Canaria. La sentencia a la que ha tenido acceso Maspalomas24H, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Barcelona, sede de la empresa catalana Princess, confirma la liquidación y el expediente sancionador de la Agencia Tributaria contra un gran contribuyente que intentó ocultar el valor real de mercado de sus participaciones en la sociedad mercantil Mogán Resort que comparte presidencia con Princess. El fallo judicial valida el criterio de la Inspección del Estado, que elevó la base imponible de la transmisión desde los 372.256,80 euros declarados originalmente por el obligado tributario hasta un valor de transmisión real de 671.633,45 euros, basándose en la auditoría del patrimonio neto de la entidad.

La resolución del ponente Jorge Rafael Muñoz Cortés desestima el recurso ordinario 716/2024 y activa una contundente traslación de la carga de la prueba sobre el inversor. El tribunal determina que la mera presentación de la escritura pública de venta y la protocolización de los medios de pago no constituyen prueba suficiente para justificar un precio de transferencia sensiblemente inferior al valor contable. Al no aportar el contribuyente informes independientes de valoración ni justificaciones de mercado que sostuvieran la depreciación de las acciones de Mogán Resort SL, la Sala aplica el mínimo legal fijado por la Ley del IRPF para sociedades no cotizadas, destapando una plusvalía latente que pretendía eludir los gravámenes correspondientes.

El caso adquiere tintes de presunto fraude societario complejo al cruzarse con una investigación de falsedad residencial destinada a aprovechar las bonificaciones fiscales de la Comunidad de Madrid. La Agencia Tributaria demostró mediante una prolija prueba indiciaria que el inversor simuló su domicilio fiscal en la capital del Estado desde el año 2013 para eludir el Impuesto sobre el Patrimonio y rebajar la presión del IRPF de los ejercicios 2015 a 2018. Las personaciones físicas de los agentes tributarios en los pisos declarados de Madrid confirmaron que las viviendas estaban deshabitadas, carecían de consumo de agua caliente y los vecinos del rellano jamás habían visto al propietario, quien mantenía un vehículo Mercedes permanentemente aparcado y cubierto de polvo en un garaje de la zona.

La realidad del arraigo económico y vital del recurrente se localizaba de forma invariable en una finca residencial de nueve hectáreas en Cambrils, Tarragona, donde el contribuyente mantenía dadas de alta a varias empleadas de hogar de forma continuada. Los consumos de suministros, los pagos diarios con tarjetas de crédito en peajes catalanes y un historial de 96 visitas médicas e ingresos hospitalarios en centros sanitarios de Barcelona y Reus desmontaron la coartada del traslado a Madrid a los 80 años de edad. El Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña (TEARC) ratificó que la centralización de los intereses económicos del sujeto pasivo permanecía vinculada al tejido empresarial catalán, declarando nulos los documentos confeccionados para simular el cambio de residencia.

La ratificación judicial del balance de Mogán Resort SL enciende las alarmas entre los despachos de consultoría y los fondos de inversión que operan en las zonas exclusivas de Mogán y Maspalomas. La utilización de balances aprobados del último ejercicio cerrado como listón mínimo para calcular el valor de las transmisiones hoteleras limita el margen de maniobra para las operaciones de optimización fiscal agresiva entre partes independientes. El fisco consolida así una herramienta de fiscalización rigurosa sobre el sector de las actividades clasificadas y turísticas del sur de Gran Canaria, advirtiendo de que las escrituras notariales ya no sirven de escudo ante los métodos de valoración conjunta de la prueba indiciaria.

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