Miércoles, 12 de Agosto de 2026
Maspalomas 24h | Periódico de Maspalomas y Sur de Gran Canaria
SUCESOSDaba a sus jefes en Maspalomas justificantes falsos que ocultaban un desfalco de 8.000 euros en efectivo.

Daba a sus jefes en Maspalomas justificantes falsos que ocultaban un desfalco de 8.000 euros en efectivo.

Gara Hernández - M24h Miércoles, 12 de Agosto de 2026

 

Los tribunales han zanjado de forma definitiva el litigio laboral en torno al despido de un encargado de establecimiento en la zona sur de Gran Canaria, ratificando íntegramente la sentencia previa del Juzgado de lo Social n.º 3 de Las Palmas. El alto tribunal desmonta los argumentos del recurso interpuesto por el trabajador y avala la procedencia del despido disciplinario tras considerar plenamente acreditado un comportamiento fraudulento basado en la emisión de justificantes falsos de ingresos que ocultaban un desfalco superior a los 8.000 euros en efectivo.

La resolución judicial profundiza en la evolución profesional del empleado dentro de la entidad Ocean District, S.L., recordando que prestaba servicios desde septiembre de 2021 y que escaló posiciones hasta asumir la responsabilidad directa de la tienda ubicada en la carretera de Palmitos Park. El tribunal subraya que, al menos desde 2022, entre las funciones esenciales del puesto figuraba el control de la facturación diaria de las ventas en metálico y su posterior depósito en la cuenta de la empresa en el Banco Sabadell. Para ello, el trabajador disponía de una tarjeta vinculada a su teléfono y a un correo electrónico corporativo de uso exclusivo, recibiendo los comprobantes bancarios digitales que posteriormente debía remitir a su superior.

Ante el intento del recurrente de eludir su responsabilidad alegando que no ostentaba tal cargo en los periodos cuestionados o que terceras personas habrían tenido acceso a su cuenta de correo, el TSJC califica estas explicaciones de "inverosímiles". Los magistrados recalcan que la empresa probó de manera solvente, mediante la documentación no impugnada (documento 7.2) y la prueba testifical, que el uso del correo y la remisión de los comprobantes partieron directamente del acusado. El tribunal afea al demandante que planteara supuestos accesos ajenos sin tan siquiera alegar ni probar quién habría podido suplantar ni qué motivos ocultos impulsaría a un tercero a fabricar falsos justificantes de ingreso a su nombre.

En su fundamentación, la Sala destaca que la entidad cumplió rigurosamente con todas las exigencias de la carga probatoria, demostrando la falsedad de tres remesas concretas de agosto de 2023 por valor total superior a 8.000 euros, las cuales figuraban como ingresadas mediante correos enviados por el actor pero jamás llegaron a reflejarse en los extractos bancarios de la sociedad. Para el tribunal, esta conducta dinamita los pilares básicos de la relación laboral, sustentada en la reciprocidad de la confianza: "No puede exigirse a la empresa que mantenga el vínculo laboral con un trabajador que, quebrantando la confianza depositada en él y desempeñando funciones que implican manejo de dinero, remite comprobantes que no reflejan la realidad".

Finalmente, el fallo desestima la alegación sobre la supuesta falta de proporcionalidad de la sanción máxima. El TSJC corrobora que la actuación fraudulenta cometida desde un puesto de especial confianza y mando encaja de lleno en la falta muy grave de transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza, contemplada en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. Al no haberse acreditado ninguna otra alternativa disciplinaria plausible para una infracción de tal gravedad, la Sala confirma la desestimación del recurso de suplicación y ratifica la validez absoluta del cese.

 

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