Cosas de Las Palmas. El Patronato de Turismo de Gran Canaria se encuentra inmerso en un nuevo escándalo de contratación irregular. El Consejo Consultivo de Canarias ha emitido un dictamen desfavorable a la convalidación de una contratación verbal millonaria, forzando al ente turístico a declarar la nulidad de pleno derecho de los servicios prestados por la empresa (...) para la organización de Convention ETAF 2025. ¿Se acuerdan? Un congreso de cientos de agentes de viajes de EE.UU y Canadá que hubo en el sur de Gran Canaria en octubre de 2025.
El Consejo Consultivo insta en una resolución a la que ha tenido acceso Maspalpomas24H a la autoridad consultante, en este caso el Presidente de Turismo de Gran Canaria, Carlos Álamo, a adoptar las medidas necesarias para adecuar su actividad contractual a la legalidad vigente, erradicando de una vez por todas estas prácticas de contratación irregular que ponen en entredicho la gestión de los fondos públicos destinados a la promoción turística de la isla. Este episodio arroja una sombra de duda sobre los procesos administrativos internos en un momento clave para la imagen del sector en Gran Canaria.
El caso, que revela una gestión cuando menos negligente en el seno de la entidad dependiente del Cabildo de Gran Canaria, se remonta al pasado mes de octubre de 2025. Según se desprende del expediente administrativo (EXP. 174/2026 RO), Turismo de Gran Canaria encargó de forma puramente verbal a la citada empresa la ejecución de diversos servicios para el mencionado evento, celebrado en Expo Meloneras entre los días 4 y 8 de octubre de 2025.
El problema surgió cuando la empresa contratista presentó la correspondiente factura por un importe total de 45.349,78 euros (42.382,97 más 2.966,81 de IGIC). Al intentar tramitar el pago, el servicio gestor del organismo intentó justificar la operación como si de un contrato menor se tratara. Sin embargo, la Intervención Delegada del ente detectó graves irregularidades y emitió un reparo suspensivo en diciembre de 2025.
En el informe-propuesta de resolución elaborado por el propio organismo para intentar salvar la situación, se argumentaba que, si bien se habían incumplido las determinaciones de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) al no tramitar el oportuno procedimiento de licitación, "en ningún caso se pudo prescindir de dicho servicio por tratarse de una prestación esencial en el cumplimiento de los fines de este Organismo público".
Este intento de justificación a posteriori ha sido tumbado por el Consejo Consultivo. En su dictamen, al que ha tenido acceso Maspalomas24H, el órgano jurídico autonómico recuerda que el valor del contrato (45.349,78 euros) supera con creces el límite legal establecido para los contratos menores de servicios, que está fijado en 15.000 euros (IGIC excluido) en la LCSP.
Por tanto, concluye que la actuación administrativa ha incurrido de forma "clara, manifiesta y ostensible" en la causa de nulidad establecida en el artículo 47.1.e) de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: "Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido". El Consultivo subraya que se ha obviado "toda clase de procedimiento de licitación al efecto", prestándose el servicio "sin cobertura jurídica formal alguna".
La empresa, por su parte, ha manifestado su conformidad con el inicio del procedimiento de revisión de oficio para que se proceda al abono de la factura, alegando que los servicios fueron "efectivamente prestados por su representada a plena satisfacción de la Administración". Ante la evidencia de la prestación del servicio y la buena fe de la contratista, y para evitar un "enriquecimiento injusto" por parte de la Administración, el Consejo Consultivo considera procedente continuar el expediente hasta su liquidación. Esto significa que Turismo de Gran Canaria deberá pagar a la empresa el coste de los trabajos realizados, pero a través de un procedimiento extraordinario de nulidad, no por la vía contractual ordinaria.
Este nuevo dictamen pone de manifiesto una práctica irregular reiterada en el organismo autónomo, que ya ha sido advertida por el Consejo Consultivo en múltiples ocasiones anteriores. La habitualidad de estas "contrataciones verbales" para sortear la ley de contratos y pagar facturas "a hechos consumados" representa, según el órgano consultivo, una "vulneración flagrante de los principios de publicidad y concurrencia" que deben inspirar la contratación administrativa.
















