El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana ha dado luz verde al expediente y memoria técnica para la licitación de los puestos, locales y espacios del Mercado Municipal de Maspalomas bajo la modalidad de concesión demanial. El inmueble, inscrito en el Registro de la Propiedad como finca registral número 3.617 y catalogado jurídicamente como bien de dominio público, cuenta con una superficie construida de 5.137 metros cuadrados tras someterse a una profunda rehabilitación integral. Del total de la superficie, 1.829 metros cuadrados se reservan para zonas comunes e instalaciones generales, mientras que 3.308 metros cuadrados se destinan de forma específica al aprovechamiento económico mediante títulos habilitantes temporales. Todo lo que tenga que ver con este tema lo firma el alcalde, Marco Aurelio Pérez.
La puesta en marcha de este equipamiento estratégico en el sur grancanario persigue un doble objetivo de interés público: optimizar la rentabilidad social y económica de una infraestructura pública modernizada en materia de accesibilidad y eficiencia energética, y potenciar el tejido comercial y turístico del municipio. El modelo concesional busca fomentar el emprendimiento local, la diversificación de la oferta gastronómica y la valorización de los productos de proximidad, configurando el Mercado Municipal de Maspalomas como un referente activo de la actividad económica y social de San Bartolomé de Tirajana.
El procedimiento de licitación, articulado mediante un régimen de concurrencia competitiva conforme a la legislación estatal sobre patrimonio, divide el mercado en 37 unidades funcionales independientes para garantizar la flexibilidad y el acceso de pequeños operadores y autónomos. La oferta comercial e industrial se compone de veintiún locales comerciales y de hostelería, ocho módulos tipo kiosco ubicados en zonas de tránsito común, cinco oficinas situadas en la planta alta para servicios técnicos o administrativos, dos almacenes de apoyo logístico y una sala polivalente concebida para albergar eventos gastronómicos, culturales y de dinamización socioeconómica.
Los servicios jurídicos municipales recalcan en la memoria técnica que la actuación no constituye la adjudicación de un contrato de concesión de servicios públicos —una figura que dejó de ser obligatoria en los municipios tras la reforma local de 2013—, sino estrictamente un aprovechamiento especial de bienes demaniales. La Corporación local preserva en todo momento la plena titularidad dominical del inmueble y el ejercicio de las potestades de policía, inspección, dirección y tutela, rigiéndose el expediente por la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas y el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, excluyendo explícitamente el ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público.
















