La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas afronta la tramitación definitiva de un procedimiento sumario que radiografía la trastienda de una relación sentimental marcada por la dominación y la violencia en el sur de Gran Canaria. El Ministerio Fiscal ha formalizado sus conclusiones provisionales en la causa instruida inicialmente por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de San Bartolomé de Tirajana, atribuyendo al procesado KLH un delito continuado de agresión sexual agravado por el acceso carnal y cometido contra quien fuera su pareja sentimental entre septiembre de 2022 y enero de 2023 en el partido judicial sureño.
El escrito de acusación detalla una secuencia de ataques perpetrados en el entorno geográfico y residencial de la comarca. La primera de las acciones descritas sitúa los hechos en unas escaleras de la vía pública próximas al domicilio de la víctima, ubicado en la localidad costera de Arguineguín, en septiembre de 2022. En ese enclave urbano, el procesado sometió a la perjudicada forzando su retención sobre el regazo y consumando una agresión sexual sin consentimiento, anulando la resistencia activa de la mujer mediante el empleo de la fuerza física y la coacción directa.
Las diligencias instruidas revelan que el patrón de violencia se trasladó sistemáticamente al interior del domicilio particular de la víctima durante los meses que duró el vínculo afectivo. El ministerio público sostiene que el acusado impuso un sistema de dominación bajo la pretensión de poseer derechos de inspección sobre el cuerpo de su pareja, reduciéndola a la cosificación y desatendiendo de forma deliberada su voluntad. Las agresiones reiteradas se consumaron de manera sucesiva a pesar de las negativas explícitas y las súplicas de la perjudicada para detener la conducta abusiva.
Las consecuencias físicas y psicológicas documentadas en la causa exponen la magnitud del daño infligido. La víctima presentó lesiones objetivables que incluyeron hematomas generalizados en las extremidades superiores e inferiores, vesículas en los órganos genitales externos y un cuadro clínico de vulvovaginitis con inflamación e induración. A esta afectación orgánica se sumó el desarrollo de un trastorno de estrés postraumático severo, caracterizado por episodios recurrentes de recuerdos intrusivos, hiperactivación autonómica, conductas de evitación y un acusado deterioro anímico que alteró profundamente su estabilidad personal y social.
Los informes periciales y forenses incorporados a los autos corroboran la existencia de una correlación clínica directa entre las agresiones sufridas y la sintomatología ansioso-depresiva manifestada por la denunciante. Este marco probatorio refuerza la tesis de la acusación sobre el desprecio absoluto hacia la autonomía y la integridad física y moral de la perjudicada durante el periodo en el que se extendió la convivencia informal en la zona sur de la isla.
Ante la gravedad de los tipos penales contemplados en los artículos 179, 180.1.4º y 74 del Código Penal, la acusación pública reclama una pena principal de diez años de prisión, aparejada a la inhabilitación absoluta durante el tiempo de cumplimiento de la condena. El marco punitivo solicitado se completa con una orden de alejamiento que prohíbe al acusado aproximarse a menos de quinientos metros de la víctima, de su domicilio particular o de su centro de trabajo durante dos décadas, junto con la prohibición absoluta de comunicación por cualquier vía telemática, informática o física.
El ministerio fiscal demanda asimismo la imposición de ocho años de libertad vigilada posterior al periodo penitenciario y una inhabilitación especial de quince años para cualquier profesión, oficio o actividad que comporte el contacto regular y directo con menores de edad, asumiendo el procesado el abono íntegro de las costas procesales causadas. Este procedimiento judicial evidencia la crudeza de la violencia de género en los municipios turísticos del sur grancanario, reflejando el rigor con el que los tribunales provinciales juzgan los abusos cometidos en el ámbito de las relaciones de pareja y la protección dispensada a las víctimas de agresiones continuadas.
















