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SUCESOSInvestigan a un encargado de un McDonald's del sur de Gran Canaria por dos delitos de agresión sexual a una empleada

Investigan a un encargado de un McDonald's del sur de Gran Canaria por dos delitos de agresión sexual a una empleada

GARA HERNÁNDEZ - M24H Lunes, 12 de Octubre de 2026

 

El Juzgado de Instrucción número 3 de San Bartolomé de Tirajana ha concluido la fase instructora de un procedimiento penal que destapa los graves abusos perpetrados en el entorno laboral de un establecimiento de comida rápida situado en el sur de Gran Canaria. El Ministerio Fiscal ha formalizado su escrito de acusación contra el encausado, identificado como JVAS y encargado del restaurante McDonald's ubicado en el Centro Comercial Atlántico de Vecindario, al que atribuye dos delitos de agresión sexual cometidos valiéndose de su superioridad jerárquica sobre una empleada.

El relato fáctico expuesto por la acusación pública detalla una secuencia de comportamientos de acoso y agresión consumados de manera reiterada en las dependencias internas del establecimiento comercial durante el ejercicio de las relaciones laborales. La primera de las agresiones se produjo en el mes de diciembre de 2024, cuando el encausado, aprovechando su posición de mando como responsable del local, ordenó a la trabajadora que acudiera al cuarto de empleados. En ese espacio restringido, y desatendiendo la resistencia activa de la empleada, el superior le levantó la camiseta y le tocó los pechos sin su consentimiento.

Las diligencias judiciales reflejan que la escalada de abusos tuvo un segundo episodio el 16 de enero de 2023 en los baños de personal del mismo restaurante. En esa ocasión, el acusado, con idéntico ánimo atentatorio contra la libertad sexual de la subordinada y venciendo su férrea oposición, le cogió la mano por la fuerza para colocarla sobre su miembro viril. Ante la inmediata reacción de la trabajadora retirando la mano, el encargado repitió la coacción sujetándola nuevamente y exigiéndole la realización de actos de contenido sexual hasta culminar eyaculando sobre el suelo del recinto.

Los informes recabados durante la fase de instrucción subrayan el impacto emocional y psicológico que tales episodios generaron en la víctima, quien soportó una situación de extrema presión debido al poder jerárquico que ejercía el agresor en el centro de trabajo. La asimetría de poder en el ámbito laboral facilitó el hostigamiento y redujo inicialmente la capacidad de respuesta de la trabajadora ante las exigencias de naturaleza libidinosa impuestas por su superior en los espacios reservados al personal.

La gravedad de las conductas descritas motivó que la perjudicada formalizara denuncia oficial ante las autoridades policiales y judiciales el 1 de marzo de 2023, constituyéndose como parte acusadora y reclamando la totalidad de las responsabilidades civiles y penales dimanantes de los hechos. Como respuesta inmediata a la denuncia, el órgano instructor acordó en marzo de 2023 una serie de medidas cautelares consistentes en la prohibición absoluta de aproximación a menos de quinientos metros de la víctima, de su domicilio, centro de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por ella, así como la prohibición de comunicación por cualquier vía telemática o física.

Ante la calificación jurídica de los hechos como dos delitos de agresión sexual tipificados en el artículo 178 del Código Penal, reformado por la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, la fiscalía solicita penas severas para el encausado. Para el primer episodio, se reclama una condena de dos años de prisión junto con inhabilitación especial para el sufragio pasivo y tres años de libertad vigilada. Para el segundo hecho, al revestir mayor gravedad, se demanda una pena de tres años y seis meses de privación de libertad y cuatro años de libertad vigilada.

El marco punitivo solicitado se completa con inhabilitaciones especiales por períodos de cinco y siete años para cualquier profesión u oficio que comporte el contacto regular con menores de edad, así como la prolongación de la orden de alejamiento y prohibición de comunicación durante cinco años tras el cumplimiento de la condena principal, asumiendo el procesado las costas procesales. Este procedimiento judicial pone de relieve la vulnerabilidad frente al acoso y los abusos de poder en el sector de la hostelería y la restauración en el sur de la isla, evidenciando el rigor de la justicia ante la violencia laboral y sexual.

 

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