El servicio de Patrimonio de San Bartolomé de Tirajana ha sacado a concurso la gestión de una serie de quioscos ubicados en la playa de El Cochino, Playa del Inglés y Maspalomas. La fecha para optar concluye el 8 de agosto pero hay barreras de entrada: han diseñado un pliego donde se coloca una serie de requisitos que impiden que una persona sin experiencia en este tipo de negocios pueda optar. El canon es de 64.556,16 euros por unidad.
Para calcular el canon se ha aplicado un índice del 60% de ocupación efectiva durante los 325 días (de 365 posibles), y resulta que el canon anual mínimo es de 38.733,70 euros. Teniendo en cuenta el aumento anual del 2%, de una parte, y de la prórroga posible, la totalidad del canon durante el tiempo de ejecución del contrato sería de 30 meses, contando con el inicio de la ejecución del contrato el día 1 de julio de 2.022 o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente. El contrato en licitación supone una unidad productiva autónoma, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica.
Lo que se subasta son los lotes de explotación conjunta del quiosco-bar 1 en la playa de El Cochino, de los quioscos-bares números 2, 3 y 4 en la playa del Inglés, el quiosco-bar nº 5 en la playa de Maspalomas y el quiosco- taquilla A en playa del Inglés. El lote 2 es la explotación conjunta de los quioscos-bares números 6, 7 y 8 en la playa de Maspalomas y el quiosco-taquilla B en playa de Maspalomas.
Hay que explicar en la propuesta económica relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años, incluyendo el año del confinamiento por Covid19 en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario y todo ello mediante certificados. A falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato.
