Se alojan en apartamentos de residentes que han capturado en Airbnb o Booking pero no usan piscina, playa y menos pisar la arena. Hay un formato de nómada digital que están potenciando las autoridades canarias que se dedica a invertir en su estancia en criptomonedas. Con ello se pagan sus vacaciones y, cuando existe margen de control tributario de beneficios, se liquida la operación y se muda de destino. ¿Tiene responsabilidad el dueño del apartamento? Desde la Agencia Tributaria se opina que sí. La tecnología financiera, las criptomonedas les han dado a los nómadas digitales más libertad para establecerse en destinos cuyos sistemas bancarios están plagados de desafíos. El problema para el apartamentero de Las Palmas que alquila su explotación del sur de Gran Canaria y no sabe que se ha convertido su negocio en un chiringuito financiero a cargo de un visitante que no ha aclarado que es operador de criptodivisas y asegura venir por turismo.
Y es que cuando se alquila vivienda vacacional a un nómada digital no se alquila a un turista sino a un empleado que da vueltas por el mundo. El dueño del apartamento debe conocer que no es una actividad de ocio o al menos asegurarse. Si el turista de criptomonedas da un golpe de un millón de euros los beneficios quedan registrados en una vivienda vacacional. El problema de los dueños de apartamentos es el mismo que ya enfrentó Miami Beach, Barbados la costa caribeña de México. Los criptoempresarios que aparentan ser turistas trabajando en los vestíbulos de apartamentos del sur de Gran Canaria forman parte de un subconjunto de nómadas digitales: los criptotrabajadores itinerantes pasaron los últimos años saltando de un país a otro, persuadidos de abandonar los grandes centros financieros a medida que aumentaba el costo de vida. 
La vida nómada se adapta especialmente bien a la multitud criptográfica, con su mercado 24/7 y el espíritu de un futuro monetario digital y sin fronteras. El criptoinvierno turístico del sur de Gran Canaria permite a estos operadores sacarle partido a nuevos productos y servicios que cuentan en las islas hasta con financiación autonómica para su captación.
Actualmente, España cuenta con 103 convenios de doble imposición firmados con países de los cinco continentes, por lo que los trabajadores que se desplacen a España o fuera del país deben tener en cuenta estos tratados a la hora de realizar su declaración de la renta. En el caso de que no exista un convenio de doble imposición, se debe tributar en España por las rentas obtenidas, independientemente si tributa también en otro país. En el caso de que si exista tratado se debe revisar para poder determinar dónde se debe tributar y los mecanismos de cada tratado para evitar la doble imposición. 










 
  












