Domingo, 14 de Septiembre de 2025
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CONFIDENCIALLos molestos molinos de Tirajana no pagarán ni un euro de impuestos

Los molestos molinos de Tirajana no pagarán ni un euro de impuestos

Yurena Vega Martes, 01 de Noviembre de 2022

Los polvorientos artefactos que desde Las Palmas y Tenerife ordenan colocar en el sur de Gran Canaria, de momento solamente en tierra pero hay previsiones de colocarlos en el agua a largo plazo, y que tiene indignados a los vecinos por los problemas de salud que generan, no tributarán ni un euro con el municipio. El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana no podrá cobrar impuestos a los molinos eólicos colocados en su suelo y que hayan sido declarados de interés general, prácticamente todos. El Tribunal Constitucional ha dinamitado la norma regional que forzaba a las promotoras, la mayor parte de ellas de la Península o Las Palmas, a emplear que pagaran impuestos por el uso de espacio.


Todo esto ocurre porque una empresa de Las Palmas, Alas Capital, controlada por Antonio Thomas Scharfenberg, se opuso al cobro del Impuesto sobre las Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) en un municipio de Tenerife. Esta sentencia aclara otra anterior del ayuntamiento de Osuna, en la Península, que defendía apoyados por el Supremo sobre que en la base imponible del ICIO debía incluirse el “precio de los aerogeneradores o cualquier ingenio similar”, pues son “parte esencial de la obra sin la que ésta no tendría sentido ni podría alcanzar su función”. 

 

Para el consistorio “los equipos necesarios para captar energía del viento y su transformación en energía eléctrica forman parte del proyecto para el que se solicita licencia de obras o urbanística y se incorporan a la instalación del parque eólico con vocación de permanencia y se enclavan en el suelo previamente cimentado”. La sentencia del Constitucional no tiene carácter retroactivo. La resolución nueva recuerda una cosa: el Tribunal Constitucional, que no se pronunció sobre el apartado concreto referido al impuesto, desestimó las pretensiones de los ayuntamientos y concluyó que es posible sustituir la licencia municipal por una autorización especial del Gobierno regional siempre y cuando se garantice “de algún modo” la intervención del ente local, una actuación que puede consistir en la emisión de un informe sobre la adecuación de las obras previstas a los planes de ordenación urbanística. 

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