Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana han perdido en el Tribunal Supremo un recurso contra una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias sobre Perfaler, a la que la corporación local del sur de Gran Canaria quería impugnar el pago de 5,5 millones de euros y que se produjo en la época del PSOE en 2020. En el origen de la controversia se encuentra el decreto de Alcaldía de septiembre de 2020 por el que se aprobó la liquidación definitiva de los ingresos debidos por Perfaler por 5,2 millones de euros, en concepto de repetición de la cantidad abonada de forma solidaria, por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, en ejecución de sentencias dictadas en el orden jurisdiccional social, que declararon indefinidos los contratos de trabajadores municipales y que condenaba solidariamente al Ayuntamiento y a la referida entidad al pago de las cantidades reclamadas por los trabajadores.
La vía de apremio se inició con el dictado de la providencia de apremio por la Tesorería General, el 22 de marzo de 2021 y, tras sucesivos trámites dando respuesta a solicitudes de distinta índole (anulación de la liquidación, suspensión del pago voluntario de la liquidación sin aportación de garantía, fraccionamiento y aplazamiento de pago de la deuda y compensación de los créditos en favor de tercero) el Ayuntamiento levantó la suspensión del
procedimiento de recaudación que había acordado, ordenando que se continuase con los trámites legalmente establecidos para la gestión del cobro del citado valor.
Perfaler Canarias interpuso recurso, que ganó, ante un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas en marzo de 2022. Aunque la sentencia expone que la providencia de apremio sólo permite la impugnación limitada de la liquidación por motivos tasados, consideró que la liquidación practicada era nula de pleno derecho al tener la acción de repetición naturaleza civil, y no ser un ingreso de derecho público no tributario, de tal manera que no puede acudirse a la vía de apremio para su reclamación.
Disconforme con la sentencia del Juzgado, el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana hizo un recurso de apelación. La sentencia del TS señala que "delimitado el objeto controvertido, es fundamental destacar" que el procedimiento de apremio con relación al importe de 5,2 millones de euros "determina la nulidad de la propia providencia de apremio, de manera que la providencia de apremio de 22 de marzo de 2021 es inválida".