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MASPALOMASLey vivienda vacacional en sur de Gran Canaria: tregua municipal hasta 2029

Ley vivienda vacacional en sur de Gran Canaria: tregua municipal hasta 2029

YURENA VEGA Martes, 19 de Noviembre de 2024

El Gobierno de Canarias expresó este lunes que espera que desde el mes de enero de 2025 comience a funcionar la llamada Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Vivienda que, tras el periodo de alegaciones, flexibiliza los requisitos que se exigen a las viviendas vacacionales, pero sin renunciar a su objetivo de limitar el crecimiento de esta modalidad alojativa: el planeamiento urbanístico, que es competencia municipal, podrá definir también un requisito que incide en lo que se llama una "realidad local", que es algo muy amplio como colocar una bodega en Tunte al lado de una casa vacacional que no está sobre suelo turístico.

Los ayuntamientos del Sur de Gran Canaria deberán elaborar un plan de inspección de viviendas vacacionales en un plazo máximo de seis meses y ejecutarlo antes de 2028. Para las empresas que gestionan viviendas que no son de su propiedad, sino de un tercero, se establece un periodo de tope de hasta 2029 y pasado este tiempo se extinguirá la declaración responsable y tendrán que volver a solicitarla atendiendo a los criterios de la nueva ley. Los alcaldes no tienen personal especializado para resolver este proceso a corto plazo.

El problema jurídico, de momento, está en los recursos que los alcaldes esperan recibir una vez se ponga en marcha. La superficie útil mínima del uso turístico de vivienda se rebaja de 39 a 25 metros cuadrados y se permitirá el uso turístico si el inmueble dispone de aparcamiento de uso vinculado a la vivienda vacacional en la misma parcela, piscina privada o comunitaria, certificaciones de sostenibilidad, cargador de vehículo eléctrico o bien, su propietario certifica la generación de empleo.

El anteproyecto de ley recibió casi 3.000 alegaciones en el trámite de audiencia y periodo de información pública, lo que ha llevado a la Consejería a flexibilizar algunos de los requisitos que se les exigían a las viviendas vacacionales, pero manteniendo los objetivos y la “columna vertebral” de la redacción inicial. Con carácter general, la norma elimina la obligatoriedad de disponer de puntos de recarga para vehículos eléctricos y el acceso por vía pavimentada, requisitos que se establecerán a través de un reglamento que desarrollará con lo que establece el Código Técnico de la Edificación (CTE).

En este sentido, las instituciones insulares verificarán y atenderán las declaraciones responsables de turismo y las entidades locales controlarán desde el punto de vista de las actividades clasificadas. En ambos casos son funciones que ya tienen otorgadas, no son nuevas. Los pequeños propietarios podrán consolidar el uso con carácter indefinido siempre y cuando acrediten el cumplimiento de toda la normativa. El derecho no es transmisible, si se vende o se abandona la actividad, la vivienda se someterá a la nueva ley.

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