Viernes, 24 de Octubre de 2025
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TURISMOLa Fiscalía advierte de "abuso de sus cargos" a un Santana Cazorla en Anfi del Mar

La Fiscalía advierte de "abuso de sus cargos" a un Santana Cazorla en Anfi del Mar

GARA HERNÁNDEZ Jueves, 16 de Enero de 2025

La Fiscalía de Las Palmas ha pedido medidas contundentes contra Manuel Santana Cazorla por presunto abuso de poder en Anfi Sales, una de las sociedades de Anfi de Mar, el complejo de time sharing que trae de cabeza a los servicios jurídicos de Lopesan en su asalto a este negocio y donde Santiago Santana Cazorla resiste al control.

En el auto, al que ha tenido acceso Maspalomas24H, el Fiscal, en el procedimiento abreviado número 2532/2018, derivado de las diligencias previas con igual número, ha solicitado la apertura de juicio oral, a celebrarse ante la Audiencia Provincial, respecto de los acusados ARG, MSC y MFGZ. La acusación se basa en varias conclusiones provisionales. El acusado ARG, mayor de edad, fue nombrado el 29 de marzo de 2012 como Director General Institucional del grupo Anfi, sin un contrato escrito que regulase sus condiciones. El 10 de abril de 2018, en una Junta General del Consejo de Administración de Anfi Sales S.L., los acusados MSC y MFGZ votaron a favor de la terminación de los vínculos contractuales con ARG y, abusando de sus cargos, decidieron abonarle 780.940 euros, siendo transferidos 718.464,80 euros al Banco Sabadell.

Segundo, el 10 de abril de 2018, en la misma Junta, los acusados acordaron y suscribieron que ARG sería contratado como asesor de estrategia del grupo Anfi con una retribución fija de 144.060 euros, a pagarse en 12 mensualidades. La mercantil Grupo Santana Cazorla S.L. posee el 50% del capital social de Anfi Sales S.L., mientras que FTD, AST, SST y VST poseen el 42,94% del capital social de Grupo Santana Cazorla S.L. ARG fue condenado el 23 de enero de 2019 por un delito de maltrato habitual y violencia de género, con penas de prisión, inhabilitación, prohibición de comunicación y trabajos comunitarios.

Tercero, los hechos descritos son considerados como constitutivos de un delito de administración desleal, según el artículo 253 en relación con el artículo 250 del Código Penal. La acusación establece que los encausados son responsables como autores de estos delitos, conforme a los artículos 27 y 28 del Código Penal. No se encuentran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal en los acusados.

Cuarto, el Fiscal solicita la imposición de una pena de 3 años de prisión y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, según el artículo 56 del Código Penal. Además, se solicita una multa de 10 meses con una cuota diaria de 50 €, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, según el artículo 53 del Código Penal. También se solicita el abono de costas procesales.

Quinto, en cuanto a la responsabilidad civil, se exige que los acusados indemnicen a Anfi Sales S.L. con la cantidad de 780.940 euros, por los perjuicios económicos causados. Esta cantidad devengará el interés legal incrementado en dos puntos, conforme al artículo 576, apartado 1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se busca así compensar los daños ocasionados a la mercantil por las acciones de los encausados.

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