El Tribunal Supremo ha confirmado en una sentencia firme un principio esencial para los profesionales del 112 en Canarias: el tiempo que médicos y enfermeros del servicio aéreo sanitario permanecen en la base debe computarse como tiempo de trabajo efectivo. Se cierra así una batalla judicial de largo recorrido iniciada por el personal sanitario aéreo contra la empresa pública Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias (GSC), dependiente del Gobierno autonómico.
La sentencia, que ratifica el criterio ya adoptado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), representa una victoria histórica para los trabajadores del servicio de emergencias, y sienta un precedente clave sobre el tratamiento jurídico de los turnos de guardia presencial, conforme al Derecho europeo. Durante años, GSC aplicó una interpretación según la cual el tiempo en que los sanitarios permanecían en base esperando activaciones no se consideraba jornada ordinaria ni descanso, sino una especie de “categoría intermedia” con retribuciones reducidas y sin los efectos jurídicos plenos de la jornada laboral.
Esta postura ha sido desmantelada por los tribunales. El Supremo rechaza la existencia de esa categoría intermedia y respalda la doctrina del TSJC, que ya había advertido que tal modelo vulnera la Directiva 2003/88/CE sobre el tiempo de trabajo y la jurisprudencia consolidada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El fallo no solo reconoce el tiempo de presencia en base como jornada efectiva, sino que obliga a ajustar las retribuciones atrasadas, reorganizar turnos, garantizar descansos reglamentarios y modificar el sistema de cómputo en los recursos aéreos. Es decir, tendrá impacto económico y estructural dentro del sistema de emergencias canario.
Desde el sindicato CSIF, que ha liderado la defensa del caso, y desde la dirección jurídica del equipo de abogados laboralistas implicados, se valora esta resolución como un triunfo del Derecho del Trabajo en su sentido más esencial: la protección del tiempo vital de quienes están al servicio de vidas humanas. "No puede haber una jornada de emergencia sin derechos. Este fallo no es solo una victoria legal, es una victoria moral para todos los profesionales sanitarios que esperan en silencio y sin visibilidad, listos para despegar en minutos", apuntó uno de los letrados impulsores del recurso.
Aunque el caso afecta al servicio aéreo del 112 en Canarias, el alcance del fallo podría extenderse a otros cuerpos profesionales con turnos de presencia en base o servicios esenciales, tanto públicos como concertados, en el ámbito de emergencias, rescate o atención médica en todo el territorio nacional. Se cierra así un episodio que evidencia la fricción persistente entre modelos de gestión pública externalizada y la normativa europea en materia de protección laboral. Y se reabre, quizás, un debate pendiente sobre la infrafinanciación estructural del sistema de emergencias.
