Miércoles, 24 de Septiembre de 2025
Maspalomas24h
TURISMOEl Supremo admite a trámite el recurso de casación de Palm Oasis (Bonny) sobre time sharing en Maspalomas

El Supremo admite a trámite el recurso de casación de Palm Oasis (Bonny) sobre time sharing en Maspalomas

Gara Hernández - Maspalomas24h Jueves, 07 de Agosto de 2025

El Tribunal Supremo ha acordado admitir a trámite el recurso de casación presentado por las mercantiles Tasolan, S.L. y Palm Oasis Mantenimiento, S.L., controlada por el grupo agrario de origen irlandes Bonny, sobre time sharing en Maspalomas contra la sentencia dictada el 23 de junio de 2023 por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (Sección Quinta), dentro del rollo de apelación 644/2022, que deriva de un juicio ordinario iniciado en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana (autos 971/2021), según pudo verificar este miércoles Maspalomas24H.

 

En el ejercicio 2024, las entidades vinculadas al grupo Bonny —Agrícola Bonny S.L., Juliano Bonny Gómez S.L. y SAT Juliano Bonny Gómez— recibieron un total de 9.553.480,43 euros en concepto de ayudas y subvenciones públicas. Estas aportaciones proceden principalmente de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias, la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) y la Delegación del Gobierno de Canarias, e incluyen líneas como el POSEI (con ayudas directas a la comercialización de frutas y hortalizas, el fomento del tomate de invierno o la readaptación de mercados), compensaciones al transporte agrícola, seguros agrarios colectivos, así como medidas específicas como el control de la plaga de Tuta absoluta o el abaratamiento del sobrecoste del agua de riego. Esta cifra global refleja la fuerte dependencia del sector agrícola canario de las políticas públicas de apoyo a las producciones locales.

 

Según consta en el auto de 23 de julio de 2025, firmado por el ponente Ignacio Sancho Gargallo, la Sala de lo Civil del Supremo estima que concurren los requisitos legales del artículo 477.2.3º de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), por lo que se abre el procedimiento para revisar el fallo anterior. La parte recurrida, representada por el procurador Carlos Cabrero del Nero, dispone de un plazo de 20 días para formular su oposición. El recurso fue promovido por la procuradora Sandra Pérez Almeida en nombre de Tasolan y Palm Oasis, y se ha acompañado del correspondiente depósito legal exigido. El auto, dictado por los magistrados Sancho Gargallo, Pedro José Vela Torres y Antonio García Martínez, no es recurrible, según establece la propia resolución.

El origen del litigio se remonta a la nulidad de un contrato de aprovechamiento por turnos de fecha 7 de marzo de 2002, declarado inválido por tratarse de un contrato por tiempo indefinido contrario a la Ley 42/1998 (LATBI). En primera instancia, el juzgado condenó solidariamente a Tasolan y Palm Oasis a devolver 3.840 libras esterlinas por el contrato y otros pagos indebidos, más intereses, además de estimar la reconvención por una deuda de 273,21 euros. En apelación, la Audiencia Provincial modificó parcialmente el fallo reduciendo la cantidad a 3.210 libras, pero confirmó la nulidad contractual y la condena en costas a las empresas, manteniéndose la estimación sustancial de la demanda interpuesta por César y Ana María, representados por la procuradora Carmen Dolores Padilla Nieto y el abogado Pablo Antonio Clavel Pérez.

Ahora, con la admisión del recurso de casación, se abre un plazo de veinte días para que la parte recurrida formalice su oposición. La representación de las empresas recurrentes recae en la procuradora María Sandra Pérez Almeida y el letrado Álvaro Campanario Hernández. La resolución del Supremo no es susceptible de recurso y la decisión final podrá tener implicaciones para otros casos similares de comercialización de semanas turísticas bajo condiciones que vulneren la normativa protectora del consumidor.

 

Más contenido

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.