Jueves, 30 de Octubre de 2025
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TURISMOJurisprudencia: El Supremo decidirá si el 'principio de gestión unificada' en Maspalomas acorrala al propietario apartamentos

Jurisprudencia: El Supremo decidirá si el 'principio de gestión unificada' en Maspalomas acorrala al propietario apartamentos

GARA HERNÁNDEZ - M24H Lunes, 27 de Octubre de 2025

El Tribunal Supremo de España ha elevado el pulso regulatorio del sector turístico canario al examinar la validez del "principio de gestión unificada", una doctrina que ha blindado el negocio de los grandes operadores en complejos vacacionales como los de Maspalomas. La decisión judicial final determinará si los propietarios de apartamentos e inversores privados están legalmente obligados a ceder la explotación de sus inmuebles a las empresas turísticas, o si pueden acceder al lucrativo mercado de la vivienda vacacional (Vv) de forma independiente. 

Este caso, con origen en la prohibición dictada por el TSJC en marzo de 2025 contra un propietario del complejo Maspalomas Tisalaya, es el más relevante en la última década en materia de real estate turístico en las islas. El recurso de Apartamentos Tisalaya ante la Sala Administrativa del Supremo pone en el banquillo la Ley 7/1995 de Turismo de Canarias y su exigencia de que todas las propiedades dentro de un complejo registrado sean operadas bajo un único administrador autorizado (la "empresa de explotación").

La Tesis Oficial (TSJC): La jurisprudencia canaria defiende que esta limitación se justifica por "interés público" para asegurar la "gestión profesional y estándares turísticos de alta calidad" y proteger al consumidor. Esta visión respalda el modelo de negocio de las grandes cadenas y fondos de inversión que controlan la oferta masiva en el sur de Gran Canaria. El propietario impugna que esta restricción es una limitación injustificada a la libre prestación de servicios. Argumenta que la norma excluye injustamente a los pequeños propietarios e inversores del mercado de alquiler a corto plazo, violando la libre competencia bajo el paraguas de las leyes de la UE y de España, específicamente la Directiva 123/2006/CE y la Ley de Unidad de Mercado.

Para los inversores extranjeros (principalmente nórdicos, alemanes y británicos) que han adquirido propiedades en complejos canarios con la intención de generar ingresos por alquiler a corto plazo, la sentencia del Supremo es crucial. Si el Tribunal revoca el "principio de gestión unificada," se abrirá un nuevo nicho de inversión y una mayor liquidez en el mercado secundario de bungalows y apartamentos turísticos. Esto permitiría a los propietarios maximizar sus retornos sin las ataduras y costes de las empresas de explotación.

Si, por el contrario, el Tribunal mantiene el principio, se blindará el statu quo. El control de la oferta de Maspalomas seguiría en manos de los grandes operadores, asegurando la uniformidad, pero desalentando la inversión individual y manteniendo el monopolio de la explotación en zonas turísticas clave. El Tribunal ha declarado que la cuestión tiene "interés jurídico objetivo para la formación de la jurisprudencia", indicando que la decisión afectará permanentemente el marco regulatorio no solo de Canarias, sino potencialmente de otras comunidades autónomas.

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