Sábado, 13 de Diciembre de 2025
Maspalomas24h
SUCESOSA juicio por abuso sexual continuado a una menor en Mogán

A juicio por abuso sexual continuado a una menor en Mogán

GARA HERNÁNDEZ - M24H Sábado, 13 de Diciembre de 2025

La Fiscalía ha confirmado a Maspalomas24H que solicitado la apertura de juicio oral y ha formulado acusación contra un hombre de nacionalidad cubana, identificado como DOD, por un delito continuado de abuso sexual a una menor de edad en el municipio de Mogán, al sur de Gran Canaria. El escrito de calificación provisional, presentado ante el Juzgado de Instrucción n.º 3 de San Bartolomé de Tirajana, pide una pena de cinco años de prisión para el acusado, además de diversas medidas de inhabilitación y libertad vigilada.

La acusación detalla que los hechos ocurrieron de forma continuada entre 2011 y 2019, es decir, desde que la víctima, MBMG, tenía apenas 4 o 5 años hasta que cumplió los 11. El acusado, que acudía de forma asidua a la vivienda de la menor para jugar con su hijo, aprovechó esta cercanía para cometer tocamientos y actos sexuales. La denuncia fue interpuesta por el padre y representante legal de la menor, MWMA, el 7 de diciembre de 2022. Como consecuencia de estos abusos, el informe pericial psicológico de la víctima revela que padece trastorno adaptativo con ansiedad mixta y estado de ánimo depresivo.

El Ministerio Fiscal considera que los hechos constituyen un delito continuado de abuso sexual a un menor de 16 años, previsto en el Código Penal en su redacción vigente en el momento de los hechos. Además de los cinco años de prisión, se solicitan las siguientes medidas para el acusado: cuatro años de duración, a ejecutarse tras la pena de cárcel, que incluye la obligación de comunicar cualquier cambio de residencia o trabajo, prohibición del ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante cinco años e inhabilitación para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante nueve años.

También la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros de su domicilio o lugar frecuentado, y prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, ambas medidas por tiempo de ocho años.

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