Miércoles, 14 de Enero de 2026
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MOGÁNTime Sharing: Tribunal Supremo abre la "caja de Pandora" de Anfi del Mar y los contratos flotantes

Time Sharing: Tribunal Supremo abre la "caja de Pandora" de Anfi del Mar y los contratos flotantes

Yurena Vega - M24h Miércoles, 14 de Enero de 2026

El Tribunal Supremo ha decidido intervenir en una de las batallas jurídicas más prolongadas del sur de Gran Canaria. Mediante un auto dictado el 17 de diciembre de 2025, al que ha tenido acceso Maspalomas24H, la Sala de lo Civil ha admitido el recurso de casación (1866/2024) presentado por Anfi Sales S.L. y Anfi Resorts S.L. contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas. El caso, que tuvo su origen en el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de San Bartolomé de Tirajana, se centra en la nulidad radical de un contrato de aprovechamiento por turno (time sharing) firmado en octubre de 2014. La justicia canaria no solo anuló el contrato, sino que condenó a la empresa a restituir 9.360 libras esterlinas por cobros anticipados prohibidos, restando apenas una pequeña fracción por las estancias consumidas.

El debate técnico que ahora deberá resolver el magistrado Ignacio Sancho Gargallo gira en torno a la "categoría flotante". Según las sentencias previas, estos contratos son nulos de pleno derecho porque carecen de un objeto determinado: el cliente compra el derecho a una estancia, pero no sabe exactamente en qué unidad ni en qué fecha exacta, lo que la jurisprudencia actual considera una falta de transparencia y determinación. Sin embargo, el gigante del sector Anfi defiende que su modelo está amparado por la Ley 4/2012, especialmente cuando se trata de regímenes constituidos antes de la restrictiva ley de 1998.

La admisión del recurso es un balón de oxígeno para Anfi, que argumenta que existe una infracción de la Disposición Transitoria Única de la Ley 4/2012. Para las empresas del grupo, la interpretación de los tribunales canarios ha sido "excesivamente rigurosa", castigando contratos modernos vinculados a estructuras antiguas legales en su momento. Si el Supremo decide que el objeto de estos contratos sí está suficientemente determinado bajo la normativa de 2012, Anfi podría frenar la avalancha de demandas que han llevado a la empresa a una situación de tensión financiera extrema en los últimos años.

Este auto no es solo un trámite; es el preludio de una sentencia que sentará doctrina sobre normas donde, según el propio Supremo, "no existe doctrina jurisprudencial" clara hasta la fecha. El impacto potencial es masivo para los propietarios: Una victoria de Anfi cerraría la puerta a miles de reclamaciones de turistas británicos y escandinavos que buscan recuperar su inversión alegando nulidad. Para el sector: Validaría el modelo "flotante" como una opción flexible y legal, estabilizando la confianza de los inversores en el sector del timeshare. Para la Justicia: Desatascaría los juzgados de San Bartolomé de Tirajana, saturados de juicios ordinarios por contratos de aprovechamiento por turno.

El Tribunal Supremo ha abierto el plazo de veinte días para que la parte recurrida formalice su oposición. En juego no solo están las 17.000 libras de este caso concreto, sino la validez de un sistema que sostiene gran parte de la oferta alojativa del suroeste de Gran Canaria. En un 2026 donde la isla busca proyectarse como un destino de innovación y sostenibilidad, este "fantasma" de los contratos de 2014 sigue siendo el principal dolor de cabeza para los departamentos jurídicos de los grandes resorts.

 

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